justicia europea

La justicia europea acude de nuevo en apoyo de los consumidores españoles

El TJUE reitera a los Bancos la necesidad de devolver a los consumidores los gastos hipotecarios.

La comisión de apertura es ilegal

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acude de nuevo en apoyo de los consumidores y usuarios de banca españoles. Esta última vez ha ha fallado de nuevo a favor de los usuarios de banca hipotecados respecto a los gastos de formalización de la hipoteca, incluso la comision de apertura. Ayer, 16 de julio de 2020 hemos conocido que el TJUE ha establecido en su Sentencia en los asuntos acumulados C-224/19 y C-259/19 lo siguiente: “se opone a que, en caso de nulidad de una cláusula contractual abusiva que impone al consumidor el pago de la totalidad de los gastos de constitución y cancelación de hipoteca, el juez nacional niegue al consumidor la devolución de las cantidades abonadas en virtud de esta cláusula

Esto supone la última corrección a doctrina sostenida por nuestro Tribunal Supremo en el caso de cláusulas nulas: invalida su criterio salomónico sobre la distribución de gastos (gestoría, notaria y tasación) entre el banco y el cliente y, en cambio, dictamina que una cláusula nula no podrá tener ningún efecto frente al consumidor. Eso implica que todos los gastos han de ser asumidos por la entidad financiera prestamista. Y también la comision de apertura que el banco cobró sin contraprestación alguna al conceder la hipoteca. Respecto al Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (en UNACO somos conscientes de que nunca ha sido a cargo del hipotecado-prestatario, por lo que también debe devolverse íntegramente a éste). Como decimos, eso incluye también la comisión de apertura, que también podrá ser recuperada y que supone una de las cantidades más altas usualmente pagadas al contratar un préstamo hipotecario. Esta comisión que ha venido siendo cobrada a modo de diezmo por los bancos, sin que sea pago de nada a cambio, y se suele establecer en un porcentaje variable del principal del préstamo (normalmente desde el 0,5 al 3%). Esta comisión podrá ser recuperada fácilmente por el usuario bancario que la reclame, desde esta sentencia del TJUE de 16 de julio de 2020.

Desde el asociacionismo de consumo estimamos en más de 8 millones de consumidores los habrían podido pagar estos gastos indebidamente y que ahora podrían recuperar gracias a esta sentencia.

Por ello, si aún no lo has hecho, desde UNACO te animamos a reclamar tus derechos. Ponte en contacto con nosotros a través de nuestro correo electrónico y te orientaremos y guiaremos sobre cómo reclamar con éxito.

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